Subvenciones para la lucha contra la despoblación y la reactivación de la actividad socioeconómica 2023.

SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS PROMOVIDOS POR ENTIDADES LOCALES PARA LA INNOVACIÓN TERRITORIAL Y LA REACTIVACIÓN DE LA ACTIVIDAD SOCIOECONÓMICA Y LA LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN, DURANTE EL EJERCICIO DE 2023.

Objeto de la Ayuda

Con estas ayudas se impulsan proyectos de dinamización socioeconómica y de reactivación territorial, a través de la financiación de acciones que combinan las dimensiones económica, social y medioambiental, con especial atención a la perspectiva de género y a colectivos como las personas mayores o los jóvenes. Se fomentan iniciativas generadas en los propios territorios, con enfoques innovadores para desarrollar proyectos transformadores de cohesión territorial y lucha contra la despoblación.   

bases de la Convocatoria

Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación.

Finalidad de la subvención

El desarrollo económico y social de las zonas con especiales dificultades desde la perspectiva de la cohesión territorial y de las condiciones demográficas.

Proyectos subvencionables

  • Deberán aportar una visión integral del problema demográfico, tener en cuenta las diferentes perspectivas y abordar respuestas transferibles para otras zonas rurales con problemas de despoblación.
  • Un único proyecto con las actuaciones a realizar.

Ámbito territorial

  • Uno o varios municipios, con población: igual o inferior a 5000 habitantes o Más de 5000 habitantes, siempre que las actuaciones se realicen en entidades menores o similares a éstas con una población inferior a los 5.000 habitantes.

Beneficiarios

  • Ayuntamientos o agrupaciones de Ayuntamientos.
  • Diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, y las comunidades autónomas uniprovinciales.
  • Los consejos comarcales u otras entidades locales que agrupen a varios municipios.
  • Mancomunidades de municipios.
  • Los organismos autónomos vinculados o dependientes de cualquiera de las entidades locales territoriales citadas.

Financiación y cuantía de la subvención

  • Gastos contraídos desde el 1/01/2023 hasta el 31/12/2025.
  • El importe no podrá ser inferior a 10.000€ ni superior a 500.000€.
  • Las ayudas concedidas no pueden superar el 90% del total de gasto subvencionable.

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal.
  • Gastos de viaje y manutención.
  • Gastos de actividades: artículos de consumo, suministros y servicios generales y alquiler de bienes inmuebles.
  • Gastos de inversión.
  • Gastos de revisión de la cuenta justificativa (que no podrá superar el 10 % del importe de la ayuda).
  • Los gastos indirectos subvencionables no podrán superar el 15 % de los gastos directos justificados.

No son gastos subvencionables los impuestos indirectos.

Compatibilidad

Esta subvención es compatible con otras ayudas siempre que la suma de todas ellas no supere el coste de las actividades subvencionadas, y que no hayan sido concedidas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

¿Dónde se tramita la Solicitud?

1. Formulario de solicitud de ayuda con los datos básicos del proyecto, disponible en la web que del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Accesible desde Aquí

Criterios de puntuación del proyecto

La máxima puntuación será de 100 puntos y deberá obtener, al menos, 15 puntos en los criterios estratégicos, 15 puntos en los criterios técnicos, 15 puntos en los criterios del impacto del proyecto y 5 puntos en los criterios de difusión y transferencia.

Pago de las subvenciones

A petición del solicitante, se realizarán pagos anticipados, con carácter previo a la justificación, del 100% del importe de la ayuda concedida.

Formas de ejecución de los proyectos y subcontratación

  • El proyecto se ejecutará de forma directa por los beneficiarios, o bien mediante contratación o suscripción de convenio.
  • Se permite la subcontratación, mediante la concertación con terceros de la ejecución parcial de las actividades subvencionadas del proyecto. Podrá llegar al 80 % del presupuesto elegible

Plazo y presentación de solicitudes