Categoría: Turismo



ADEITUR consigue en colaboración con el equipo de gobierno un millón de euros para fomentar el turismo sostenible en el municipio de Zuheros, dentro de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino.

¿En qué consiste un Plan de Sostenibilidad Turística en Destino?

Objetivo Central del Plan de Sostenibilidad Turística de Zuheros

Convertir a Zuheros en un destino referente para el segmento de turismo rural y de naturaleza, que ha sabido conservar los valores culturales y naturales de su entorno, convirtiéndolos en su seña de identidad, para ofrecer productos de base experiencial.

Objetivos específicos del Plan de Sostenibilidad Turística de Zuheros

  • Reducir la huella de carbono municipal, mediante el uso racional de la energía y el uso de energías renovables.
  • Implementar un sistema de transporte público eficiente para promover la movilidad sostenible.
  • Incrementar la demanda de forma desestacionalizada y desconcentrarla.
  • Mejorar la accesibilidad del destino, de sus recursos y equipamientos, para integrar a la diversidad.
  • Mejorar la conectividad para favorecer la atención al visitante y comercialización de su oferta.
  • Mejorar la digitalización de recursos y servicios.
  • Mantener sus valores culturales y los elementos arquitectónicos que le han posibilitado ser uno de Los pueblos Más bonitos de España.

Más planes de Sostenibilidad Turística en Destino conseguidos por ADEITUR Consultoría Turística en Andalucía: Pincha Aquí

ADEITUR Consultoría Turística consigue en colaboración con el equipo de gobierno 2,5 millones de euros en la Convocatoria de Planes de Sostenibilidad Turística en Destino, para la Carolina (Jaén).

¿En qué consiste un Plan de Sostenibilidad Turística en Destino?

Objetivo del Plan de Sostenibilidad Turística de La Carolina

Este plan elaborado por ADEITUR pretende generar nuevas oportunidades en La Carolina y en el entorno a partir del aprovechamiento de los recursos naturales y culturales mediante el desarrollo de productos e infraestructuras turísticas, que frenen el ritmo de despoblamiento y generen nuevo empleo estable, consolidando un destino turístico sostenible y competitivo apoyado en su singularidad histórica como capital del proyecto colonizador e ilustrado de las Nuevas Poblaciones, joya urbanística de Andalucía, y junto a su excepcional patrimonio minero de plomo y plata, en un entorno incomparable como puerta de entrada a Andalucía desde la Meseta.

Objetivos específicos del Plan de Sostenibilidad de La Carolina

–Focalizar y reconducir los flujos turísticos de visitantes, creando nuevas infraestructuras que conecten los recursos, y productos turísticos combinados.

–Puesta en marcha de nuevas infraestructuras para el turismo que ayuden a diversificar la oferta desestacionalizando la demanda.

–Ser más eficientes en la gestión de los recursos, del consumo energético y de la emisión y tratamiento de residuos y contaminantes.

–Facilitar la movilidad y caminabilidad, siendo capaz de contar con una adecuada señalética y dotaciones que disminuyan la presión del tráfico por automóvil.

–Retener el enorme flujo de demanda potencial que circula por la A-4 con el fin de mejorar la distribución de la renta vinculadas al turismo en el destino, para crear empleo y frenar la pérdida de población.

–Mejorar el conocimiento de la demanda mediante un observatorio turístico y la digitalización de equipamientos públicos y recursos turísticos para aumentar la accesibilidad y calidad como destino, contribuyendo a la generación de sinergias en e territorio, a una gestión y gobernanza eficientes que tenga en cuenta los retos futuros y los horizontes de sostenibilidad.

–Mejorar la eficiencia energética y la habitabilidad en los edificios municipales de atención al público para cumplimiento de los ODS.

–Formación especializada a las PYMES locales para su digitalización y capacitación en una oferta de calidad y rentabilidad.

Concienciar a la población de los beneficios del turismo y hacerlos partícipe.

Subvención concedida en Convocatoria Extraordinaria 2023: 2,5 millones de Euros

Más planes de Sostenibilidad Turística en Destino conseguidos por ADEITUR Consultoría Turística en Andalucía: Pincha Aquí

Su entidad local puede recibir varios millones de euros, para la ejecución de acciones encaminadas a avanzar hacia la consecución de un modelo turístico basado en la sostenibilidad ambiental, gracias a los PSTD.

La Secretaría de Estado de Turismo (SETUR), junto con la participación de las Comunidades Autónomas y la FEMP, a través del Grupo de Trabajo de Turismo Sostenible de la Comisión Sectorial de Turismo, ha elaborado el programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, cuya segunda convocatoria ha tenido lugar en mayo de 2021, estando previstas mas convocatorias en los próximos meses.

El Programa se inscribe en el marco del eje estratégico de “Gobernanza colaborativa” de las Directrices Generales para de la Estrategia de Turismo Sostenible de España 2030, en línea con los Objetivos de Desarrollo sostenible de Naciones Unidas. Este programa, se halla igualmente en coherencia con los documentos estratégicos nacionales y autonómicos en materia de reto demográfico, lucha contra el cambio climático, infraestructuras verdes y economía circular

Objetivo de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD)

El objetivo del programa es avanzar hacia la transformación de los destinos turísticos hacia un modelo basado en la sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial.

Este programa quiere contribuir a que el turismo sea más sostenible y responsable cuando vuelva la recuperación post-COVID, inscribiéndose en el tercer pilar del Plan de Impulso del Sector Turístico “Mejora de la Competitividad del Destino Turístico”.

¿Quiénes pueden beneficiarse de estos planes?

La entidad beneficiaria y responsable de la ejecución del plan en todas sus fases deberá ser una entidad local de entre las previstas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:

  • El municipio
  • La provincia
  • La isla en los archipiélagos balear y canario
  • Las comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios
  • Las áreas metropolitanas
  • Las mancomunidades de municipios

La entidad local deberá aportar un compromiso de dotar presupuestariamente el proyecto.

¿Qué se pretende conseguir con estos Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos?

  • Mitigación y adaptación al cambio climático
  • Recuperación ambiental y conectividad ecológica de infraestructuras verdes
  • Disminución de la pérdida de población en el medio rural
  • Ordenación turística del espacio marítimo y de las playas litorales
  • Restauración y conservación del paisaje
  • Reducción de la contaminación atmosférica, marina, lumínica, acústica y del suelo
  • Disminución de la presión sobre los recursos hídricos
  • Preservación y restauración del patrimonio cultural
  • Fomento de la economía circular
  • Mitigación de la pérdida de biodiversidad
  • Fomento del consumo sostenible
  • Digitalización de los destinos turísticos
  • Incremento de la resiliencia de la cadena de valor turístico

¿Cómo es el funcionamiento de los PSTD?

  • Las Comunidades Autónomas remitirán a la Secretaría de Estado de Turismo todas las solicitudes recibidas durante el plazo de apertura de la convocatoria en cuestión, que analizarán y valorarán las dos administraciones.
  • Corresponderá a la SETUR la elaboración de la propuesta de selección final, que recogerá la relación de PSTD que hayan obtenido mayor valoración, así como su remisión a la Comisión Sectorial de Turismo para aprobación.
  • Los planes que resulten aprobados en cada uno de los años de vigencia del Programa recibirán la  transferencia para aplicarlos, articulándose para ello convenios a tres bandas con una duración de tres  años.
  • En el caso de las ciudades autónomas, los convenios serán a dos bandas (50%-50%) con una duración de  dos años.

¿Cuáles son los tipos de Destinos a los que van dirigidos estos Planes de Sostenibilidad Turística?

Actualmente son tres los tipos de Destinos que pueden acogerse a estas convocatorias:

  1. Planes de Sostenibilidad en Destinos turísticos rurales
  • Espacio natural. Inversión mínima 1M€
  • Territorio rural con una identidad turística. Inversión mínima 1M€
  • Destino rural costero. Inversión mínima 1M€

2. Planes de sostenibilidad turística en Destinos de Sol y Playa

  • Destino de sol y playa muy internacionalizado. Inversión Mínima 5M€
  • Destino de sol y playa mixto/residencial. Inversión mínima 2M€

3. Destinos turísticos urbanos

  • Gran destino urbano (Madrid y Barcelona). Inversión mínima 10M€
  • Destino urbano. Inversión mínima 2M€
  • Ciudad con identidad Turística. Inversión mínima 2M€

¿Cuáles son las actuaciones que pueden incluirse en la propuesta de los PSTD?

Se incluirán entre otras las siguientes:

  • Reconversión de zonas y equipamientos públicos.
  • Señalización de recursos, productos y destino.
  • Gestión del uso público en espacios protegidos (sistemas de acceso, equipamientos).
  • Acciones de restauración ambiental en lugares de interés turístico.
  • Creación         de        productos        turísticos.       
  • Actuaciones de aprovechamiento de recursos naturales singulares en montes vecinales (recursos micológicos, geológicos, faunísticos, etc.).
  • Mejora o implantación de los sistemas de calidad para el destino y empresas.
  • Sistemas y métodos de limpieza, desinfección, prevención y profilaxis en equipamientos y lugares turísticos
  • Aplicación de nuevas tecnologías para el seguimiento de crisis de la demanda turística.
  • Sistemas de información y seguimiento y recogida de datos estadísticos.
  • Promoción sostenible.
  • Diseño e implantación de sistemas de contribución del turista a la sostenibilidad.
  • etc.

¿Cuáles son los criterios de selección en los PSTD?

  • CRITERIO 1: VOCACIÓN TURÍSTICA DEL DESTINO /DE LOS DESTINOS. 20 puntos.
  • CRITERIO 2: COHERENCIA Y ALINEAMIENTO CON LAS ESTRATEGIAS DE TURISMO AUTONÓMICA Y ESTATALES. 20 puntos.
  • CRITERIO 3: CALIDAD DEL DIAGNÓSTICO Y DE LOS OBJETIVOS DE CADA INTERVENCIÓN. 15 puntos.
  • CRITERIO 4: COHERENCIA, PRECISIÓN Y VIABILIDAD DE CADA INTERVENCIÓN.30 puntos.
  • CRITERIO 5 : PRECISIÓN DEL CALENDARIO DE CUMPLIMIENTO DE HITOS Y OBJETIVOS DE CADA INTERVENCIÓN .15 puntos.

TOTAL: 100 puntos

¿Dónde y como presentar la propuesta?

La propuesta se presentará telemáticamente ante la comunidad autónoma en la que esté ubicado el destino solicitante en la forma indicada por esta.

Ejecución del Plan

La ejecución de cada PSTD se llevará a cabo por la entidad local durante un período de duración de
tres años.

¿Qué debe incluir cada propuesta ?

  • Modelo Formulario participación.
  • Memoria económica relativa al coste y la financiación.
  • Memoria técnica de la Intervención.
  • Anexos

En ADEITUR tenemos experiencia demostrable en la elaboración y redacción de Planes de Sostenibilidad Turística en Destino, así como elaboración de formularios y procesos participativos en tiempo y forma para su presentación, en aquellas convocatorias que salgan para la financiación de los planes elaborados.

No dudes en ponerte en contacto con nosotros para comenzar a trabajar en tu Enditad Local lo antes posible y aspirar a la puntuación máxima de cara a la siguiente convocatoria.

Pincha Aquí y accede a los Planes de Sostenibilidad Turística conseguidos por ADEITUR para diferentes Entidades Locales de Andalucía.

¿Qué es un viaje combinado?, ¿Qué empresa puede comercializar viajes combinados?, ¿Qué seguros y avales son obligatorios?, ¿es lo mismo que servicios de viaje vinculados?, ¿Qué es una empresa de Intermediación Turística?

Normativa aplicable:

Decreto 301/2002, de 17 de diciembre, de Agencias de Viajes, (B.OJ.A. núm. 150, de 21 de Diciembre de 2002), modificado por Decreto 60/2018, de 27 de febrero.

Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados.

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias..

Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía.

Decreto 114/2023, de 23 de mayo, por el que se regulan las empresas de intermediación turística que organicen o comercialicen viajes combinados y las empresas que faciliten servicios de viaje vinculados en Andalucía

Para comenzar a adentrarnos en lo que es un viaje combinado y servicios de viaje vinculados, recogeremos en primer lugar lo que la norma define como “servicio de viaje” (art. 151 RDL 1/2007).

¿Qué es un Servicio de Viaje?

  1. Transporte de pasajeros.
  2. Alojamiento cuando no sea parte integrante del transporte de pasajeros y no tenga un fin residencial.
  3. Alquiler de turismos, de otros vehículos de motor, así como el alquiler de motocicletas que requieran un permiso de conducción de categoría A.
  4. Cualquier otro servicio turístico que no forme parte integrante de un servicio de viaje de los definidos en los tres apartados anteriores

No se consideran “servicios de viaje” aquellos  que formen parte integrante de otro servicio de viaje, como por ejemplo:

  • El transporte de equipaje realizado como parte del transporte de personas viajeras.
  • Pequeños servicios de transporte como el traslado de las personas pasajeras como parte de una visita guiada.
  • Los traslados entre un aeropuerto o estación de ferrocarril hasta el hotel, y viceversa.
  • Los servicios financieros tales como los seguros de viaje.

¿QUÉ ES UN VIAJE COMBINADO?

Es la combinación de, al menos, dos tipos de servicios de viaje de los citados en el artículo 151 citado, a efectos del mismo viaje o vacación, siempre que esos servicios sean combinados por un solo empresario, incluso a petición o según la selección del viajero, antes de que se celebre un único contrato por la totalidad de los servicios. Por tanto, es definitorio el requisito de que sean combinados por una sola empresa y de que se comercialicen por un precio global, sin desglosar precios por servicio integrante.

Otros supuestos de viajes combinados son los siguientes:

Cuando se celebren contratos distintos con diferentes prestadores de servicios de viaje, siempre que esos servicios:

  • Son contratados en un único punto de venta y seleccionados antes de que el viajero acepte pagar,
  • Son ofrecidos, vendidos o facturados a un precio a tanto alzado o global,
  • son anunciados o vendidos como «viaje combinado» o bajo una denominación similar,
  • Son combinados después de la celebración de un contrato en virtud del cual el empresario permite al viajero elegir entre una selección de distintos tipos de servicios de viaje.
  • Son contratados con distintos empresarios a través de procesos de reserva en línea conectados en los que el nombre del viajero, sus datos de pago y su dirección de correo electrónico son transmitidos por el empresario con el que se celebra el primer contrato a otro u otros empresarios con quienes se celebra otro contrato, a más tardar veinticuatro horas después de la confirmación de la reserva del primer servicio de viaje.

No se considera Viaje Combinado:

Cuando se combine el servicio de transporte, o  alojamiento o el alquiler de turismo, con uno o varios de los servicios turísticos a que se refiere punto 4 del artículo 151 (ejemplo: una visita a un museo, entradas a evento, guía, etc.), siempre que estos últimos no representan una proporción igual o superior al 25% del valor de la combinación y no se anuncian o no constituyen por alguna otra razón una característica esencial de la combinación.

Ejemplo: No se considera viaje combinado  el servicio de transporte aéreo, con un servicio de visita guiada o una entrada a un museo, si este último no representa el 25% del total de ambos y no es algo esencial para realizar el viaje.

Tampoco se entiende viaje combinado si estos servicios a los que se refiere el apartado 4º del artículo 151 solo han sido seleccionados y contratados después de que se haya iniciado la ejecución de uno de los siguientes servicios de viaje: transporte, alojamiento o alquiler de turismo o vehículo de motor.

IMPORTANTE: La regulación establecida para viajes combinados no se aplica a:

a) Los viajes combinados y los servicios de viaje vinculados de duración inferior a veinticuatro horas, a menos que se incluya el alojamiento. Es decir, podemos ofrecer u producto turístico a precio global que incluya: visita guiada, comida y transporte, siempre que esta combinación se ejecute en menos de 24 horas.

b) Los viajes combinados que se ofrezcan y los servicios de viaje vinculados que se faciliten, de manera ocasional y sin ánimo de lucro, únicamente a un grupo limitado de viajeros.

c) Los viajes combinados y los servicios de viaje vinculados contratados sobre la base de un convenio general para la organización de viajes de negocios entre un empresario y otra persona física o jurídica que actúe con fines relacionados con su actividad comercial, negocio, oficio o profesión.

¿QUÉ ES “SERVICIOS DE VIAJE VINCULADOS”?

Aquel  que incluye al menos dos tipos diferentes de servicios de viaje, adquiridos con objeto del mismo viaje o vacación, que, sin constituir un viaje combinado, den lugar a la celebración de contratos distintos con cada uno de los prestadores individuales de servicios de viaje. Esta característica constituye una diferencia esencial con los viajes combinados.

Para considerarse servicios de viaje vinculados deben concurrir las siguientes situaciones:

1. º Que una empresa facilite, con ocasión de una única visita o contacto con su punto de venta, la selección y el pago separado de cada servicio de viaje por parte de los viajeros, o,

2. º Que una empresa facilite la contratación de al menos un servicio de viaje adicional con otro empresario, siempre que tenga lugar a más tardar veinticuatro horas después de la confirmación de la reserva del primer servicio de viaje.

Si se adquiere como máximo uno de los servicios de viaje (transporte, alojamiento o alquiler de turismos, vehículos de motor o de motocicletas), más uno o varios de otros  servicios turísticos que no sean ninguno de los anteriores, no formarán servicios de viaje vinculados si estos últimos no representan el 25% o más del valor de la combinación y no se anuncian o no constituyen por alguna otra razón una característica esencial del viaje o vacación.

El papel que desempeñan las empresas que prestan servicios de viaje vinculados es facilitar a viajeros y turistas, de manera presencial o en línea, la contratación de servicios de viaje, llevándoles a celebrar contratos distintos con diferentes entidades o empresas prestadoras (incluidos mediante procesos de reserva conectados).

Estas empresas que prestan servicios de viaje vinculados, antes de formalizar cualquier contrato, debe informar expresamente al viajero o turista de que:

  • No podrá acogerse a ninguno de los derechos aplicados exclusivamente a los viajes combinados y que cada entidad prestadora de servicios será la única responsable de la correcta prestación contractual de su servicio.
  • Que gozará de la protección frente a la insolvencia.

Las empresas que prestan servicios de viaje vinculados NO pueden vender viajes combinados.

GARANTÍAS Y SEGUROS OBLIGATORIOS para las Agencias de Viajes.

Las Agencias de Viajes están obligadas a constituir una garantía  y un seguro de responsabilidad civil, con carácter previo al ejercicio de su actividad y mientras dure la misma.

Garantía: están obligadas a constituir una garantía que podrá ser: individual, colectiva y garantía por cada viaje combinado

La garantía individual se realizará mediante un seguro, un aval u otra garantía financiera. Durante el primer año de ejercicio de la actividad, esta garantía deberá cubrir un importe mínimo de cien mil euros (100.000 euros). A partir del segundo año de ejercicio de la actividad, el importe de esta garantía deberá ser equivalente, como mínimo, al cinco por ciento (5%) del volumen de negocios derivado de los ingresos por venta de viajes combinados en el ejercicio anterior. En todo caso, el importe no podrá ser inferior a cien mil euros (100.000 euros).

Seguro de Responsabilidad Civil: están obligadas a contratar y mantener en permanente vigencia una póliza de seguro de responsabilidad civil para afianzar el normal desarrollo de su actividad y garantizar los posibles riesgos frente a terceros.

La póliza habrá de cubrir 3 bloques de responsabilidad: explotación del negocio, indirecta o subsidiaria y daños patrimoniales primarios

La póliza habrá de cubrir una cuantía mínima de 900.000 euros, 300.000 por cada bloque de responsabilidad.

En este panorama se produce una modificación esencial en la intermediación turística, apostando por una liberalización de esta actividad. Así, con la entrada en vigor de Decreto-Ley 2/2020, de 9 de marzo, ya pueden comercializar viajes combinados otro tipo de empresas que no sean Agencias de Viajes.

GARANTÍAS Y SEGUROS OBLIGATORIOS para las Empresas de Intermediación turística

Vamos a ver qué obligaciones tienen estas empresas de intermediación turística.

Se modifica el artículo 50, de la Ley 13/2011 de Turismo en Andalucía, que queda redactado como sigue:

« Las empresas de intermediación turística que organicen o comercialicen viajes combinados y las que faciliten servicios de viaje vinculados deberán constituir una fianza en los términos establecidos reglamentariamente.

Según el artículo 17 del Decreto 114/2023, de 23 de mayo, por el que se regulan las empresas de intermediación turística que organicen o comercialicen viajes combinados y las empresas que faciliten servicios de viaje vinculados en Andalucía,  las empresas que se dediquen a prestar servicios de viaje vinculados sólo está legalmente obligada a contratar la garantía de carácter individual y colectivo , al igual que las AAVV , pero no el Seguro de Responsabilidad Civil.

Cualquier otra actividad de intermediación turística distinta de la organización o comercialización de viajes combinados o de facilitación de servicios de viaje vinculados se considera actividad con incidencia en el ámbito turístico (AIAT), inscribiéndose como tal en el Registro de Turismo de Andalucía.

Córdoba junio del 2023.

María Serrano García. ADEITUR Consultoría Turística.

Publicada las bases y convocatoria de ayudas para la competitividad y dinamización de bienes inmuebles declarados BIC o equivalente, con uso turístico.

Orden ICT/1363/2022, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el Programa de mejora de la competitividad y de dinamización del Patrimonio Histórico con uso turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al ejercicio 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Objeto de la Orden

El objeto de esta orden de ayuda es promover la mejora de la competitividad de los destinos turísticos y potenciar el turismo cultural mediante la protección, mantenimiento y rehabilitación, de proyectos promovidos por parte de entidades locales o comunidades autónomas en bienes inmuebles del patrimonio histórico declarados bienes de interés cultural o de alguna de las categorías de protección equivalente para patrimonio cultural inmueble.

Régimen de Concesión:

Las ayudas reguladas por esta orden se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Beneficiarios:

a) Las comunidades autónomas podrán solicitar las ayudas para sus bienes, o para bienes cedidos por otras administraciones públicas a las comunidades autónomas de acuerdo con la normativa patrimonial aplicable.

b) Los municipios, a través de los Ayuntamientos y las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares,

c) Las Comarcas o mancomunidades u otras entidades locales de base agrupacional previstas en la ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En caso de que se pretenda actuar sobre bienes cedidos por otras administraciones, la cesión deberá acreditarse en el momento de presentar la solicitud de subvención.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir, además, con las obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. Se exigirá que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan con la legislación medioambiental nacional y europea pertinente.

Requisitos de los Bienes Patrimoniales de Interés Cultural:

  1. Deberán tener la condición de bienes inmuebles que se integren en el patrimonio histórico conforme a la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Siendo estos los inmuebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico o formar parte de un conjunto histórico declarado BIC o su entorno de protección, declarados Bienes de interés cultural o incoados.

También será de aplicación esta orden a los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico.

  • Que el Bien objeto del proyecto ostente la condición de bien de interés cultural (BIC),  aportando al efecto el documento de declaración firmado y publicado por el órgano competente.
  •  El bien será de titularidad pública.
  • El bien deberá estar destinado a un uso turístico, que no suponga realización de una actividad económica, y se deberá mantener destinado, al menos durante los diez años posteriores a la resolución definitiva de concesión de la ayuda,

También podrán ser beneficiarios de esta convocatoria aquellos bienes de titularidad pública que, estando en desuso al tiempo de la publicación de esta convocatoria, sean destinados a uso turístico que no suponga realización de una actividad económica, una vez finalizada la actuación, durante un plazo mínimo de diez años

Actuaciones subvencionables:

Se financiarán las siguientes actuaciones sobre los bienes de interés cultural o en su entorno:

a) Conservación, mantenimiento, puesta en valor y rehabilitación de bienes declarados como Bien de Interés Cultural para uso turístico y cultural;

b) Mejora de la accesibilidad universal, siempre y cuando no afecte a las características que le han hecho acreedor de Bien de Interés Cultural.

c) Modernización de los sistemas de gestión de residuos, abordando la prevención y la reducción de la generación de los mismos y la implantación de sistemas de recogida separada de los distintos materiales que posibiliten la preparación para la reutilización o el reciclaje de los mismos, así como la introducción de mejoras en los sistemas de tratamiento de aguas grises.

d) Rehabilitación y aprovechamiento de espacios con tecnologías inteligentes (mejora de la banda ancha, instalación de redes wifi, reservas en línea, visitas virtuales, o similares).

e) Mejora de la eficiencia energética y ahorro del consumo de recursos hídricos y energéticos, en particular mediante inversión en iluminación eficiente, de acuerdo con los criterios de la carta de Madrid de 2004 sobre iluminación monumental y a través de la sustitución de las calderas diésel o de combustible por calderas de gas natural

f) Actuaciones de aclimatación y adaptación al cambio climático, en particular en lo relativo a la mejora en los sistemas de riego, reutilización de recursos hídricos y en la selección óptima de especies arbóreas y arbustivas en función de las condiciones ambientales del entorno.

g) La reducción y compensación de la huella de carbono mediante la elaboración de planes para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.

h) La rehabilitación ecológica del patrimonio.

Conceptos subvencionables:

Serán subvencionables:

  • Gastos correspondientes a los estudios de arquitectos, o arqueólogos
  • Gastos correspondientes a los honorarios facultativos devengados por la redacción de los proyectos técnicos precisos para la ejecución de las actuaciones y por la dirección facultativa de las obras de ejecución de las mismas.
  • El coste de los estudios que sean precisos para la ejecución de las actuaciones
  • Gastos de ejecución del proyecto y de actuaciones arqueológicas asociadas a la ejecución del mismo.
  • Gastos de subcontratación

También se considera gasto subvencionable las asistencias externas hasta un máximo de un 3% del importe total cuando sean contratadas directamente, si están directamente relacionadas y son esenciales para el desarrollo de las actuaciones.

Cuantía y compatibilidad de la ayuda:

El importe de la financiación a conceder será de un 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable. No cabrá cofinanciación sobre el mismo proyecto. Los beneficiarios no podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión Europea para cubrir los mismos costes.

Se distinguen dos líneas de ayudas:

  1. Línea 1: Ayudas a las Comunidades Autónomas para una inversión mínima de 750.000 € y  máxima de 3.000.000 €.
  •  Línea 2: Ayudas a Entidades locales para una inversión mínima de 750.000 € y máxima de 3.000.000 €.

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria, que con la presente orden se realiza, en el «Boletín Oficial del Estado».

Lugar de Presentación de la solicitud

La solicitud de ayuda debe presentarse en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://sede.serviciosmin.gob.es/registroelectronico), siendo obligatoria la tramitación electrónica.

Estas ayudas para la formación en el sector turístico se nutren del Plan de Recuperación Transformación y Resilencia y están dirigidas prioritariamente para personas ocupadas del sector turístico.

OBJETO Y BENEFICIARIOS

Con esta subvención se financiarán programas de formación de ámbito estatal dirigidos a personas ocupadas, dentro de los siguientes ámbitos del turismo:

  • Hostelería.
  • Agencias de Viajes.
  • Alquiler de vehículos.
  • Transporte de viajeros por carretera.
  • Transporte aéreo.
  • Empresas organizadoras del juego del bingo.
  • Elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio.

ENTIDADES SOLICITANTES

Entidades de formación público o privadas inscritas en el Registro correspondiente con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas.

También pueden ser subvencionados  los siguientes centros siempre que estén registrados y de las instalaciones requeridas:

  • Centros integrados públicos de formación profesional.
  • Centros públicos del Sistema Nacional de Empleo Y Centros de Referencia Nacional.
  • Centros públicos de formación de adultos.
  • Universidades públicas.
  • Federaciones y Asociaciones de Entidades locales.

Las empresas podrán solicitar subvención para la impartición de formación, cuando estén inscritas para ello y dispongan de las instalaciones inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas.

Las agrupaciones previstas en el artículo 6.2 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-4715

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES

Concurrencia competitiva.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

Los programas de formación financiados al amparo de esta convocatoria estarán compuestos por acciones formativas que responden a las necesidades de adquisición de competencias técnico profesionales específicas de los sectores del ámbito sectorial del turismo.

Las especialidades formativas aparecen en el Anexo II de la convocatoria, página 52 de la misma: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/667763

CUANTÍA

La financiación para las actuaciones de esta convocatoria es de 79 millones de €, de los que 47.400.000 euros son para el ejercicio 2023 y 31.600.000 euros para el ejercicio de 2024.

La concesión de las subvenciones queda condicionada a la vigencia y suficiencia del citado crédito presupuestario.

El módulo económico máximo específico por participante y hora de formación teórico-práctica aplicable en esta convocatoria será, en la formación presencial, de 8,53 euros, en la formación impartida mediante teleformación y, la parte de teleformación, en las  acciones con modalidad mixta, 5,31 euros participante/hora.

La cuantía de la subvención a conceder por cada acción formativa se calculará en función del número de participantes previstos y los módulos económicos específicos por participante y hora de formación en función de la modalidad de la acción formativa. En la formación de modalidad mixta (presencial y teleformación) se aplicarán los módulos correspondientes en función del número de horas de cada tipo de modalidad formativa.

Sólo se tendrán en cuenta para este cálculo los alumnos y acciones formativas admitidas en la tramitación de la solicitud.

PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, computándose desde el 10 de enero de 2023 hasta el 6 de febrero de 2023.

El pasado día 20 de diciembre se ha celebrado en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Córdoba, una Jornada sobre Turismo Patrimonial y Cultural.

ADEITUR Consultoría Turística, ha participado en la Mesa de “Gestión y Planificación Turística”, enmarcada dentro de la Jornada “Turismo Patrimonial y Cultural: Gestión, Planificación y oportunidades de negocio”, organizada por la Cátedra de Turismo Patrimonial y Cultural, con la colaboración del Centro de Análisis y Prospectiva del Turismo (CAPT) de la Universidad de Córdoba.

El objetivo de la jornada fue dar a conocer dos publicaciones realizadas por especialistas e investigadores en gestión del patrimonio y turismo y el desarrollo de dos mesas de expertos.

María Serrano, socia fundadora de ADEITUR Consultoría Turística, ha intervenido en la primera mesa de expertos de “Gestión y Planificación Turística”, junto con Estefanía Montes, coordinadora general de Reactivación Económica, Innovación y Planificación Estratégica del Ayuntamiento de Córdoba e Inmaculada Luque, responsable del Departamento de Enoturismo de Bodegas Alvear con una ponencia sobre “Planificación para el Desarrollo Turístico Sostenible”.

Durante su presentación María Serrano ha transmitido: “la importancia que supone (o puede suponer) para un destino contar con una buena planificación turística que impulse un crecimiento sostenible. Un proceso que, bien realizado y bien implementado, puede tener realmente un efecto transformador para el destino y ayudará, sin duda, a consolidar un modelo turístico propio, que se base en los aspectos identitarios del mismo”. En su intervención ha explicando las ventajas de contar con una buena planificación, para alcanzar los objetivos que se hayan identificado y mejorar la calidad de las decisiones públicas.

“Planificar el desarrollo turístico de un destino no es otra cosa que un ejercicio de reflexión y auto-reconocimiento conjunto y con visión de futuro . Se trata de un proceso de construcción colectiva, de construcción de un proyecto turístico, en este caso, que ilusione, un proyecto de futuro en el que todos se sientan partícipes. Si no se consigue esto es difícil que se alcancen los objetivos que se recojan en el Plan de Turismo que se haya elaborado”.

Parte de la intervención de María Serrano en la mesa de Gestión y Planificación.

La intervención finalizó aportando ejemplos y explicando los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. ADEITUR ha conseguido varios de ellos aprobados para diferentes entidades locales de la provincia de Córdoba y Granada.

Es una enorme satisfacción para ADEITUR haber contado con la confianza y el apoyo de las entidades locales para la elaboración 10 Planes de Sostenibilidad Turística en Destino aprobados en Andalucía, 8 para la provincia de Córdoba, por un importe total de 19 millones de euros , 1 para la provincia de Granada, concretamente Soportújar, en la convocatoria ordinaria, con una inversión de 1,7 millones de euros y otro para el municipio de La Carolina en la provincia de Jaén con una inversión de 2,5 millones de euros.

¿Qué es un Plan de Sostenibilidad Turística en Destino?

Plan de Sostenibilidad Turística de Zuheros (Córdoba)

Plan de Sostenibilidad de La Carolina (Jaén).

Plan de Sostenibilidad de Soportújar (Granada).

Plan de Sostenibilidad de Baena (córdoba).

Plan de Sostenibilidad Turística de Villafranca de Córdoba

Plan de Sostenibilidad Turística del Valle del Guadiato (Córdoba)

Plan de Sostenibilidad Turística de Añora (Córdoba)

Plan de Sostenibilidad Turística de la Mancomunidad de Los Pedroches (Córdoba)

Plan de Sostenibilidad de la Mancomunidad de la Subbética Cordobesa

Plan de Sostenibilidad Turística de la Ciudad de Córdoba

En ADEITUR tenemos experiencia demostrable en la elaboración y redacción de Planes de Sostenibilidad Turística en Destino, así como elaboración de formularios y procesos participativos en tiempo y forma para su presentación, en aquellas convocatorias que salgan para la financiación de los planes elaborados.

No dudes en ponerte en contacto con nosotros para comenzar a trabajar en tu Enditad Local lo antes posible y aspirar a la puntuación máxima de cara a la siguiente convocatoria.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, incluye, en la medida C10.I1.b correspondiente al Componente 10
«Estrategia de Transición Justa», un «Plan de infraestructuras ambientales, digitales y sociales en municipios y territorios en transición» dirigido a impulsar la puesta en valor de zonas de interés medioambiental de dominio público, la renovación de infraestructuras públicas locales y la provisión de servicios comunitarios y compartidos para mejorar la capacidad de fijar y atraer población a los municipios afectados por los cierres de instalaciones energéticas, en el que se enmarca la presente orden ministerial.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Orden TED/1476/2021, de 27 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas (subvenciones), en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética.

OBJETIVO

Realización de  proyectos para el desarrollo de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en los municipios de zonas afectadas por la transición energética.

ENTIDADES BENEFICIARIAS

Podrán tener la condición de beneficiarios de estas ayudas las siguientes entidades:

a) Los ayuntamientos de los municipios afectados por la transición energética que figuran en los Protocolos Generales de actuación para la elaboración de convenios de transición justa acordados entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, las consejerías correspondientes de las comunidades autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias que figuran en el ANEXO II de esta convocatoria.

En el caso de la comunidad autónoma andaluza los municipios que pueden solicitar estas ayudas son:

Almería: Carboneras

Córdoba: la cuenca carbonífera del Valle del Guadiato ( Belmez, Los Blázquez, Espiel, Fuente Obejuna, La Granjuela, Obejo, Peñarroya-Pueblonuevo, Valsequillo, Villaharta, Villanueva del Rey y Villaviciosa de Córdoba)

Cádiz: Algeciras, Los Barrios, San Roque y la Línea de la Concepción.

b) Las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales.

c) Las mancomunidades, las comarcas, los consorcios locales y agrupaciones de municipios.

                En el caso de agrupación de municipios en la solicitud deberá especificarse lo siguiente:

  • Compromisos de ejecución de actividades asumidos por cada miembro de la agrupación.
  • Presupuesto correspondiente a las actividades asumidas por cada miembro de la agrupación, e importe de la subvención a aplicar en cada caso.
  • Representante o apoderado único de la agrupación y coordinación única del proyecto frente al Instituto para la Transición Justa, O.A.
  • Organización interna de la agrupación, plan de contingencias y disposiciones para la resolución de litigios internos.
  • Acuerdos sobre responsabilidad, indemnización y confidencialidad entre los participantes.
  • Propiedad de las infraestructuras que forman parte del proyecto.
  • Normas de difusión, utilización, y derechos de acceso a las infraestructuras subvencionadas.

TIPOLOGÍAS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  • Rehabilitación de edificios, recuperación de aldeas, poblados, cortijadas u otro tipo de infraestructuras para nuevos usos de carácter social, la prestación de servicios públicos, o la mejora del acceso a viviendas.
  • Rehabilitación de edificios y espacios para la innovación digital, promoción del emprendimiento y desarrollo económico, como por ejemplo:

– Espacios destinados a la puesta en valor y/o aprovechamiento de los recursos endógenos y el desarrollo turístico.

– Espacios para la extensión de la conectividad.

– Espacios destinados a la puesta en valor del patrimonio geológico, biológico, histórico o cultural.

– Recuperación de patrimonio e infraestructuras industriales y mineras para fines culturales, recreativos o turísticos.

– Recuperación de poblados, como los mineros o de centrales térmicas para fines turísticos.

  • Infraestructuras ambientales para la puesta en valor del medio natural, la mejora de servicios ambientales y regeneración de las zonas, como por ejemplo:

– Acondicionamiento o realización de caminos, senderos y paseos fluviales para la recuperación del patrimonio y recursos naturales.

– Creación de infraestructuras verdes y azules.

– Rehabilitación, reforestación y puesta en valor de terrenos de dominio público.

– Restauración de terrenos, vertederos y otros lugares degradados y contaminados para la recuperación de la biodiversidad y flora autóctona de los espacios naturales y puesta en valor de los mismos para su aprovechamiento comunitario.

– Pequeñas intervenciones tácticas paisajísticas de infraestructura verde (plazas, parques, vías urbanas) o actuaciones integrales para el reverdecimiento urbano y la reordenación urbanística después del cierre de instalaciones industriales para la mejora de la sostenibilidad.

  •  Soluciones de movilidad sostenible.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Costes de la dirección facultativa de la obra.
  • Costes de ejecución de la obra civil, montaje de instalaciones.
  • Adquisición de equipos, materiales u otros bienes necesarios.
  • Costes de consultoría: elaboración del proyecto, tramitación de solicitud, etc.

CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS

  • Los Ayuntamientos podrán presentar una única solicitud con las siguientes limitaciones:
    • Bloque A: Proyectos con un presupuesto estimado de entre 30.000 y 100.000 euros.
    • Bloque B: Proyectos con un presupuesto estimado de entre 100.001 y 500.000 euros.
    • Bloque C: Proyectos con un presupuesto estimado de entre 500.001 y 1.500.000 euros.
    • Bloque D: Proyectos con un presupuesto estimado de entre 1.500.001 y 4.000.000 euros
  • Sólo podrán presentar una única solicitud en los bloques B, C Y D, a excepción de aquellos  Ayuntamientos cuyo presupuesto no supere los 300.000€, que podrán presentar una solicitud del bloque A.
  • Finalización de la actividad subvencionable antes de 31 de Agosto de 2026.

CUANTÍA

La cuantía máxima de la subvención a conceder por solicitud se determinará en función del coste total del proyecto.

  1. A cada Ayuntamiento se le concederá una sola subvención, teniendo en cuenta su presupuesto municipal:
  2. Presupuesto > 5.000.000€ la suma de las subvenciones no podrá exceder esta cantidad.
  3. Presupuesto < 5.000.000€ importe máximo = último presupuesto municipal.
  4. En las solicitudes conjuntas el límite máximo subvencionable será el resultante de la suma de los importes correspondientes al 50% de los presupuestos municipales de cada entidad no podrá ser  > 6.000.000€.

PAGO DE LAS AYUDAS

El  pago se realizará por anualidades, incluyendo pagos anticipados.

  • Primer  pago a la concesión de la ayuda en 2022.
  • Segundo pago en 2023.
  • Tercer pago a la finalización del proyecto, entre los años 2024, 2025 o 2026.

La entidad subvencionada tiene un plazo de 2 meses para la justificación de las condiciones requeridas, a contar desde la finalización  de la actividad subvencionable.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de solicitud está pendiente de abrir. Las solicitudes deberán presentarse en período de 2 meses tras la publicación de la apertura.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Solicitud electrónica , según Anexo III: https://sede.transicionjusta.gob.es
  • Documentación adicional:
    • Diferentes certificados (acreditación titularidad del espacio, edificio, zona, último presupuesto aprobado en pleno, certificado de estar al corriente de pago, etc.).
    • El proyecto según Anexo V.
    • Declaración responsable según Anexo IV.

En el caso de las solicitudes conjuntas, además de lo anterior, hay que anexar documentación adicional: estatutos del consorcio o acuerdo firmado y poder de representación.

Los Pedroches, La Subbética y Córdoba capital consiguen un Plan de Sostenibilidad Turística en Destino en la convocatoria extraordinaria 2021

Este importe procede de los fondos europeos Next Generation, que han sido conseguidos en concurrencia competitiva, por la alta valoración de los tres Planes de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD).

Estos planes han sido elaborados y presentados a la convocatoria extraordinaria de 2021 del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Estos 3 planes cordobeses forman parte de los 25 planes de sostenibilidad seleccionado para Plan Territorial de Sostenibilidad Turística de Andalucía (PTST), un programa que conlleva una inversión de más de 72 millones de euros, repartidos en destinos de las 8 provincias andaluzas y que será gestionada por la Consejería de Turismo de la Junta de Andalucía.

  • La Mancomunidad de La Subbética Cordobesa obtiene 2.919.000€
  • La Mancomunidad de Los Pedroches 2.925.000€
  • El Ayuntamiento de Córdoba 2.920.000€

Las acciones contenidas en las líneas estratégicas de cada uno de los tres planes se ejecutarán en el trienio 2022-2024.

Estos planes pivotarán sobre cuatro ejes programáticos:

  • Transición Verde y Sostenible
  • Mejora de la eficiencia energética
  • Transición digital
  • Competitividad

¿Qué se pretende conseguir con estos tres Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos de Córdoba? ¿Cuáles son los objetivos?

Los objetivos de estos tres planes de Sostenibilidad Turística en Destino, están alineados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030.

  • Mitigación y adaptación al cambio climático
  • Recuperación ambiental y conectividad ecológica de infraestructuras verdes
  • Disminución de la pérdida de población en el medio rural
  • Restauración y conservación del paisaje
  • Reducción de la contaminación atmosférica, marina, lumínica, acústica y del suelo
  • Disminución de la presión sobre los recursos hídricos
  • Preservación y restauración del patrimonio cultural
  • Fomento de la economía circular
  • Mitigación de la pérdida de biodiversidad
  • Fomento del consumo sostenible
  • Digitalización de los destinos turísticos
  • Incremento de la resiliencia de la cadena de valor turístico

El equipo multidisciplinar de ADEITUR ha trabajado, en colaboración con el equipo técnico de estas entidades, en la elaboración de estos tres planes de Sostenibilidad Turística en Destino que han sido seleccionados en Córdoba. Estamos muy satisfechos y orgullosos del trabajo realizado y seguimos trabajando en nuevos planes de Sostenibilidad Turística en Destino en entidades locales de Andalucía, que serán presentados en próximas convocatorias.

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