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Subvenciones para Infraestructuras ambientales, sociales y digitales en zonas afectadas por cierres de instalaciones energéticas

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, incluye, en la medida C10.I1.b correspondiente al Componente 10
«Estrategia de Transición Justa», un «Plan de infraestructuras ambientales, digitales y sociales en municipios y territorios en transición» dirigido a impulsar la puesta en valor de zonas de interés medioambiental de dominio público, la renovación de infraestructuras públicas locales y la provisión de servicios comunitarios y compartidos para mejorar la capacidad de fijar y atraer población a los municipios afectados por los cierres de instalaciones energéticas, en el que se enmarca la presente orden ministerial.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Orden TED/1476/2021, de 27 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas (subvenciones), en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética.

OBJETIVO

Realización de  proyectos para el desarrollo de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en los municipios de zonas afectadas por la transición energética.

ENTIDADES BENEFICIARIAS

Podrán tener la condición de beneficiarios de estas ayudas las siguientes entidades:

a) Los ayuntamientos de los municipios afectados por la transición energética que figuran en los Protocolos Generales de actuación para la elaboración de convenios de transición justa acordados entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, las consejerías correspondientes de las comunidades autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias que figuran en el ANEXO II de esta convocatoria.

En el caso de la comunidad autónoma andaluza los municipios que pueden solicitar estas ayudas son:

Almería: Carboneras

Córdoba: la cuenca carbonífera del Valle del Guadiato ( Belmez, Los Blázquez, Espiel, Fuente Obejuna, La Granjuela, Obejo, Peñarroya-Pueblonuevo, Valsequillo, Villaharta, Villanueva del Rey y Villaviciosa de Córdoba)

Cádiz: Algeciras, Los Barrios, San Roque y la Línea de la Concepción.

b) Las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales.

c) Las mancomunidades, las comarcas, los consorcios locales y agrupaciones de municipios.

                En el caso de agrupación de municipios en la solicitud deberá especificarse lo siguiente:

  • Compromisos de ejecución de actividades asumidos por cada miembro de la agrupación.
  • Presupuesto correspondiente a las actividades asumidas por cada miembro de la agrupación, e importe de la subvención a aplicar en cada caso.
  • Representante o apoderado único de la agrupación y coordinación única del proyecto frente al Instituto para la Transición Justa, O.A.
  • Organización interna de la agrupación, plan de contingencias y disposiciones para la resolución de litigios internos.
  • Acuerdos sobre responsabilidad, indemnización y confidencialidad entre los participantes.
  • Propiedad de las infraestructuras que forman parte del proyecto.
  • Normas de difusión, utilización, y derechos de acceso a las infraestructuras subvencionadas.

TIPOLOGÍAS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  • Rehabilitación de edificios, recuperación de aldeas, poblados, cortijadas u otro tipo de infraestructuras para nuevos usos de carácter social, la prestación de servicios públicos, o la mejora del acceso a viviendas.
  • Rehabilitación de edificios y espacios para la innovación digital, promoción del emprendimiento y desarrollo económico, como por ejemplo:

– Espacios destinados a la puesta en valor y/o aprovechamiento de los recursos endógenos y el desarrollo turístico.

– Espacios para la extensión de la conectividad.

– Espacios destinados a la puesta en valor del patrimonio geológico, biológico, histórico o cultural.

– Recuperación de patrimonio e infraestructuras industriales y mineras para fines culturales, recreativos o turísticos.

– Recuperación de poblados, como los mineros o de centrales térmicas para fines turísticos.

  • Infraestructuras ambientales para la puesta en valor del medio natural, la mejora de servicios ambientales y regeneración de las zonas, como por ejemplo:

– Acondicionamiento o realización de caminos, senderos y paseos fluviales para la recuperación del patrimonio y recursos naturales.

– Creación de infraestructuras verdes y azules.

– Rehabilitación, reforestación y puesta en valor de terrenos de dominio público.

– Restauración de terrenos, vertederos y otros lugares degradados y contaminados para la recuperación de la biodiversidad y flora autóctona de los espacios naturales y puesta en valor de los mismos para su aprovechamiento comunitario.

– Pequeñas intervenciones tácticas paisajísticas de infraestructura verde (plazas, parques, vías urbanas) o actuaciones integrales para el reverdecimiento urbano y la reordenación urbanística después del cierre de instalaciones industriales para la mejora de la sostenibilidad.

  •  Soluciones de movilidad sostenible.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Costes de la dirección facultativa de la obra.
  • Costes de ejecución de la obra civil, montaje de instalaciones.
  • Adquisición de equipos, materiales u otros bienes necesarios.
  • Costes de consultoría: elaboración del proyecto, tramitación de solicitud, etc.

CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS

  • Los Ayuntamientos podrán presentar una única solicitud con las siguientes limitaciones:
    • Bloque A: Proyectos con un presupuesto estimado de entre 30.000 y 100.000 euros.
    • Bloque B: Proyectos con un presupuesto estimado de entre 100.001 y 500.000 euros.
    • Bloque C: Proyectos con un presupuesto estimado de entre 500.001 y 1.500.000 euros.
    • Bloque D: Proyectos con un presupuesto estimado de entre 1.500.001 y 4.000.000 euros
  • Sólo podrán presentar una única solicitud en los bloques B, C Y D, a excepción de aquellos  Ayuntamientos cuyo presupuesto no supere los 300.000€, que podrán presentar una solicitud del bloque A.
  • Finalización de la actividad subvencionable antes de 31 de Agosto de 2026.

CUANTÍA

La cuantía máxima de la subvención a conceder por solicitud se determinará en función del coste total del proyecto.

  1. A cada Ayuntamiento se le concederá una sola subvención, teniendo en cuenta su presupuesto municipal:
  2. Presupuesto > 5.000.000€ la suma de las subvenciones no podrá exceder esta cantidad.
  3. Presupuesto < 5.000.000€ importe máximo = último presupuesto municipal.
  4. En las solicitudes conjuntas el límite máximo subvencionable será el resultante de la suma de los importes correspondientes al 50% de los presupuestos municipales de cada entidad no podrá ser  > 6.000.000€.

PAGO DE LAS AYUDAS

El  pago se realizará por anualidades, incluyendo pagos anticipados.

  • Primer  pago a la concesión de la ayuda en 2022.
  • Segundo pago en 2023.
  • Tercer pago a la finalización del proyecto, entre los años 2024, 2025 o 2026.

La entidad subvencionada tiene un plazo de 2 meses para la justificación de las condiciones requeridas, a contar desde la finalización  de la actividad subvencionable.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de solicitud está pendiente de abrir. Las solicitudes deberán presentarse en período de 2 meses tras la publicación de la apertura.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Solicitud electrónica , según Anexo III: https://sede.transicionjusta.gob.es
  • Documentación adicional:
    • Diferentes certificados (acreditación titularidad del espacio, edificio, zona, último presupuesto aprobado en pleno, certificado de estar al corriente de pago, etc.).
    • El proyecto según Anexo V.
    • Declaración responsable según Anexo IV.

En el caso de las solicitudes conjuntas, además de lo anterior, hay que anexar documentación adicional: estatutos del consorcio o acuerdo firmado y poder de representación.