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Son numerosos los informes, artículos, estadísticas, editoriales, etc, que a lo largo de este confinamiento nos están permitiendo adquirir numerosas opiniones sobre futuro incierto que se nos viene encima, en el sector turístico. Opiniones que serán más o menos acertadas, pero que al menos se han reflexionado y justificado.

Nadie se pone de acuerdo del tiempo que durará esta situación de bloqueo al sector turístico, hecho que dificulta la planificación de acciones de choque que motive e impuse el consumo de nuestros servicios turísticos y especialmente de las actividades y experiencias en los destinos que nos preocupan.

Así, entre tanto artículo y dossier técnico analizado, me llama la atención los publicados  por Diana Ramón Vilasarau, Xavier Canalís, Vivi Hinojosa,  Oliver Wyman a través de su consultoría Arivalevent, Josh Oakes de  The Sunshine Tribe, Antonio López de Ávila de Tourism Data Driven Solutions, y muchos otros autores de las ejemplares revistas especializadas en turismo como son Hosteltur, Preferente, Agenttravel y Nexotur, entre otras.

La mayoría de ellos piensa que el sector turístico será uno de los más perjudicados, no solo en su volumen económico y destrucción de empleo (la asociación empresarial World Travel & Tourism Council estima que la pandemia podrá causar la desaparición de 50 millones de puestos de trabajo en el mundo) sino también por el alargamiento de la situación preventiva.  La transversalidad del turismo respecto a los desplazamientos, la reapertura y reactivación de alojamientos, las aglomeraciones en los espacios para grupos en la restauración, en los palacios de congresos, en los museos,…la recuperación de tesorería por el volumen de cancelaciones y devoluciones de reservas,  etc., hará que el inicio de la curva ascendente de la recuperación del sector turístico empiece más tarde.

Sin embargo, existe un consenso amplio en cuanto a que la recuperación pueda tener un mayor ritmo de crecimiento que el resto de sectores económicos si se cumplen ciertas pautas en la planificación en la puesta en marcha de estrategias, ya sean aplicadas a los negocios y servicios turísticos como  a los destinos.  El inicio de esta recuperación podría empezar a partir del cuarto trimestre, quedándose en el camino más del 30% de todas las ganancias, pero volviendo a la normalidad en un par de trimestres.

Por supuesto, nadie tiene claro en la forma de cómo será y cómo vamos a afrontar la nueva situación económica. Es seguro que habrá un cambio profundo de actitud y comportamientos, tanto desde el punto de vista puramente empresarial como personal.

Lo más importante, para tomar las decisiones más oportunas, será elaborar un efectivo plan de marketing a muy corto plazo. Habría que tener en cuenta cómo prevemos el comportamiento de la nueva demanda turística. En este sentido podríamos resumir en algunas de las siguientes pautas y recomendaciones aceptadas por la mayoría de los autores consultados:

  • Se va a incrementar la preferencia por el turismo de cercanía. Según la encuesta de YouGov, un 35% de los españoles considera probable que el coronavirus afectará a sus viajes de verano y de este colectivo, el 11% prevé viajar sin salir de su comunidad autónoma; el 37% se movería por otras regiones de España; el 14% cree que viajará por Europa y solo el 11% estima que viajará fuera de Europa. Otras encuestas ponen de relieve que los europeos preferirán destinos que se demuestren que estén fuera de la pandemia, pero disminuirán en casi un tercio sus gastos de viaje.
  • Será importante que los negocios turísticos, especialmente los rurales y de naturaleza así como cualquier experiencia turística o producto combinado, se diseñen adecuadamente para poder colgarlo en las plataformas online de comercialización. En este diseño deberá tomarse en cuenta valores nuevos como la propia empatía con los clientes para trabajar más que nunca por su fidelización, sin olvidar de la situación que hemos pasado.
  • El diseño adecuado del producto turístico será ahora más  imprescindible que nunca si se quiere vender en origen, ya que si antes, cuando se trata de actividades, los viajeros suelen comenzar la búsqueda antes del viaje pero la mayoría no las reservará hasta el último momento, ahora esta situación se va a acrecentar. Es tiempo ahora de analizar las mejores OTAs (Online Travel Agencies) y otro tipo de plataformas para colocar el producto. Existen buenas oportunidades como son las que están diseñando para destinos los motores de reservas como Misterplan de Ruralgest, o la recién creada Halcón Activites de Globalia que ahora incorpora la oferta de Civitatis, Tui Destination Experiences (por ejemplo ver Tui Tours Rudreisen para alemanes), Onalia, etc. También es importante aquellas plataformas que están incorporando servicios y guías del destino en sus propios servicios como por ejemplo la creadora de ofertas Servantrip, aunque sea de transporte, Beyond the Bed perteneciente a Hotel Beds que también incorporan guías, aunque sean de alojamiento, y así una infinidad de ellas. Es tiempo ahora de analizar las innumerables webs que las analizan. Se debe escoger las que más se adecuen a nuestro producto. Más vale la calidad que la cantidad.
  • Sin lugar a dudas hay que imaginarse a un turista que, durante un tiempo importante va a elegir actividades turísticas que puedan desarrollarse sin aglomeraciones, en grupos más pequeños y sobre todo tomará mayor relevancia el denominado Slow Travel. Un turista que valorará las ofertas de alojamiento con flexibilidad en los horarios de checkin y checkout; un turista que va a demandar en mayor proporción que los años anteriores, un turismo de naturaleza, dando valor al viaje en coche propio para poder disminuir los desplazamientos masivos. Esta es una oportunidad para descubrir el interior de las provincias como complemento al turismo urbano.
  • En este caso los negocios deberán ir adaptando sus experiencias y productos turísticos a estos perfiles de demanda. Como estrategia de promoción, los negocios turísticos deberán considerar incrementar el valor de sus servicios por delante de abaratarlos.
  • Respecto a la intermediación turística también se prevén ciertos cambios de actitud. Por parte del proveedor de servicios, especialmente el alojamiento, incrementarán más la promoción para la venta directa a los clientes debido al malestar generado por la toma de decisiones unilaterales de las OTAs más importantes de la devolución de las reservas. Esto no ha dado opción, en numerosos casos, de dar la oportunidad al proveedor de poder negociar con el cliente una oferta, aplazamiento o descuentos. Por otro lado, el malestar se extiende por parte de las Agencias de Viajes y OTAs, con las compañías aéreas. En este caso, muchas de las líneas aéreas, en lugar de devolver el dinero al cliente, le conceden bonos dejando a las agencias de viajes desprotegidas ante el cliente, ya que éste puede optar por otro tipo de viaje que ya le permite la nueva directiva europea de viajes combinados.  La conclusión es que puede producirse políticas de promoción más agresivas para intentar que la venta al turista sea directa, hecho que las agencias de viajes y OTAs deben tener en cuenta para contrarrestar esta política, precisamente con mensajes de mayor seguridad en la salvaguarda del importe de la compra del cliente, ante cancelaciones por eventualidades del tipo que nos ocupa.
  • Siguiendo con la intermediación turística, los mayoristas o touroperadores van a valorar más aquellos destinos y  proveedores de servicios que incrementen el valor de atributos o políticas que antes no se consideraban tan importantes como son la prevención de riesgos, buena imagen de limpieza e higiene, capacidad de reacción ante circunstancias adversas, controles de seguridad, servicios sanitarios cercanos, etc.
  • Respecto a los destinos turísticos, ya sean municipales, comarcales, provinciales, regionales o nacionales, tendrán que aplicarse en la puesta en marcha de estrategias que lleven a la conversión lo antes posible, en destinos ERI (Entornos Inteligentes Turísticos) ya que se prevé que el futuro turista incremente su capacidad de elección en base al conocimiento virtual de éstos y la tecnificación de sus infraestructuras, equipamientos, atractivos, etc.  Será una oportunidad para destinos de la España vaciada ya que el turista que se prevé tras esta pandemia se adaptaría mejor a estos destinos, pudiendo elegir estos destinos si están provistos de una adecuada conectividad.
  • Los destinos turísticos a través de sus DMO (Decision Management Organization) deberán componer mensajes potentes para levantar el ánimo y recordar los beneficios del turismo. Debieran de unirse varios destinos para desarrollar campañas de promoción conjuntas en favor del turismo en líneas generales. La colaboración público-privada será imprescindible para el éxito de estas acciones y para ello el sector privado deberá estar totalmente organizado y cohesionado para facilitar la interlocución con las administraciones.

Tengamos siempre presente que el turismo es un bien de primera necesidad y que tanto los destinos como las empresas turísticas deben renacer de forma lineada con  los principios de sostenibilidad y seguridad, buscando ahora más que nunca la respetabilidad y la buena reputación de los mismos.

Un Plan de Marketing con acciones concretas adoptadas a cada tipo de destino y cada tipo de empresa turística para un periodo de muy corto plazo (3-4 meses), sumado a la cohesión de las empresas turísticas entre sí y de asociaciones profesionales del territorio serán, dos condicionantes necesarios e imprescindibles para afrontar esta recuperación  con la fuerza que ello requerirá en la colaboración público-privada. Esta será nuestra propia responsabilidad, bien sea como empresario, bien sea como agente público. Será la manera de asegurar que saldremos diferentes, unidos, reforzados y mucho mejores personas.

En Córdoba a 29 de marzo de 2020

Antonio Ramos Pemán

Socio Consultor de ADEITUR Consultoría Turística y

Presidente de EMCOTUR (Asoc. Empresarial de Turismo de la Provincia de Córdoba)

Principales modificaciones de la Ley 13/2011

Se elimina la limitación temporal anual del alquiler para las Viviendas Turísticas de Alojamiento Rural de Andalucía.

Modificación del Artículo 3:

Con este nuevo Decreto-Ley se modifica el párrafo e) del apartado 1 de este artículo 3, que  recoge las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en la materia, quedando redactado al siguiente tenor literal:

e) La declaración de Municipio Turístico y la declaración de interés turístico de fiestas, acontecimientos, lugares, itinerarios, rutas, publicaciones, obras audiovisuales y de cualquier otra manifestación, expresión o iniciativa que incida en el turismo de Andalucía y que reglamentariamente se determine

Anteriormente la norma recogía lo siguiente:

e) La declaración de Municipio Turístico, de campos de golf de interés turístico y la declaración de interés turístico de fiestas, acontecimientos, itinerarios, rutas, publicaciones, obras audiovisuales y de cualquier otra manifestación, expresión o iniciativa que incida en el turismo de Andalucía y que reglamentariamente se determine.

En el párrafo modificado ha añadido el concepto de “lugares” y ha eliminado la declaración de “campos de golf de interés turístico”.

Modificación del Artículo 6

  1. La Junta de Andalucía ejercerá sus competencias administrativas sobre el turismo a través de la Consejería que en cada momento las tenga atribuidas.
  • Adscrito a la Consejería competente en materia de turismo existirá el Consejo  Andaluz del Turismo. En este caso elimina la Comisión Interdepartamental en Materia de Turismo
Consecuencia de lo anterior, se suprime el artículo 8 de la
Ley, que contenía la definición y funciones de la Comisión Interdepartamental en Materia de Turismo.

Modificación del Artículo 11

1. El Plan General del Turismo constituirá el instrumento básico y esencial en la ordenación de los recursos turísticos de Andalucía.

Cualquier instrumento de planificación que se desarrolle en materia de turismo deberá ajustarse a las especificaciones y directrices que se contemplen en el Plan General del Turismo.

2. El Plan tendrá el siguiente contenido:

a) El diagnóstico de la situación del turismo en Andalucía, tendencias y escenarios previsibles.

b) Las necesidades y objetivos básicos del turismo en Andalucía, con las orientaciones estratégicas generales y por segmentos turísticos.

c) Las prioridades de acción, así como los planes, instrumentos, programas y medidas necesarios para su desarrollo y ejecución.

d) La estrategia de desarrollo turístico sostenible de la Comunidad Autónoma, así como el fomento de los recursos turísticos de Andalucía.

e) La ordenación de la oferta turística en el territorio, identificando los diferentes destinos turísticos, con el fin de garantizar el mayor equilibrio territorial y su sostenibilidad.

f) La delimitación de ámbitos territoriales homogéneos para la ordenación de los recursos y las actividades turísticas.

g) El establecimiento de los criterios básicos del modelo turístico sostenible aplicable a los ámbitos territoriales delimitados en el Plan.

h) Las acciones de seguimiento y evaluación previstas.

i) Cualquier otro contenido que establezca el decreto de aprobación del Plan.

3. El Plan podrá prever, oído el Consejo Andaluz del Turismo, Programas de Recualificación de Destinos y Programas de Turismo Específico.

4. En la elaboración del Plan General del Turismo se dará audiencia a las asociaciones de municipios y provincias, empresariales, sindicales y de consumidores más representativas, así como a aquellas otras entidades legítimamente interesadas.

5. El proyecto del Plan General del Turismo será sometido a información pública y audiencia de las Administraciones Públicas afectadas.

6. El Consejo de Gobierno podrá aprobar, mediante decreto y previa consulta a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos e informe del Consejo Andaluz del Turismo y del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, el Plan General del Turismo, el cual será remitido al Parlamento de Andalucía para su conocimiento.

7. La vigencia del Plan General del Turismo será la que determine el decreto de aprobación del mismo, sin perjuicio de su revisión y modificación. El Plan podrá prorrogarse por períodos anuales, con un máximo de tres, por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo, quedando en todo caso dicha prórroga sin efecto en el momento en que comience su vigencia el nuevo Plan General del Turismo que le sustituya.

8. En el seguimiento del Plan General del Turismo intervendrá también el Consejo Andaluz del Turismo para supervisar su desarrollo y el cumplimiento de sus planteamientos y objetivos.

Modificación del Artículo 22

Referido a los Marcos Estratégicos para la Ordenación de los Recursos y las Actividades Turísticas. Que queda redactado como sigue:

  1. En los ámbitos territoriales establecidos por el Plan General del Turismo, y en desarrollo de sus determinaciones, se podrán aprobar Marcos Estratégicos para la Ordenación de los Recursos y las Actividades Turísticas.
  • Los Marcos Estratégicos tendrán al menos el siguiente contenido:

a) El modelo turístico aplicable a cada territorio definiendo los objetivos y estrategias para su desarrollo.

b) La identificación de los recursos naturales, culturales y paisajísticos susceptibles conformar productos turísticos y los criterios básicos para su puesta en valor, uso sostenible y promoción.

c) La evaluación de la incidencia ambiental del modelo turístico propuesto, incluyendo los efectos del cambio climático, y su coherencia con el desarrollo sostenible.

d) La evaluación de necesidades relativas a las infraestructuras, dotaciones y equipamientos que posibiliten el modelo turístico propuesto.

e) El establecimiento de criterios para la implantación de nuevos desarrollos turísticos.

f) La identificación de espacios turísticamente saturados o en peligro de estarlo para el desarrollo y aplicación, en su caso, de Programas de Recualificación de Destinos.

  • Los Marcos Estratégicos para la Ordenación de los Recursos y las Actividades Turísticas podrán elaborarse con carácter previo a la aprobación del Plan General del Turismo, previa justificación del ámbito territorial correspondiente, así como de las causas que aconsejen esta excepcionalidad, debiendo adaptarse aquéllos a las determinaciones del Plan General del Turismo una vez aprobado.
  • Los Marcos Estratégicos para la Ordenación de los Recursos y las Actividades Turísticas, una vez sometidos a información pública y audiencia de las Administraciones afectadas, serán aprobados por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo y previo informe del Consejo Andaluz del Turismo y del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales.
Se suprime el artículo 13 referido a la
Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía. 

Modificación del Artículo 28

Servicios turísticos

Apartado 1, Párrafo b) que queda redactado como sigue:

b) La intermediación, consistente en la organización o comercialización de viajes combinados o en la facilitación de servicios de viaje vinculados.

Anteriormente b) recogía: La intermediación, consistente en la organización o comercialización de viajes combinados. Por tanto, el Decreto añade: “la facilitación de servicios de viaje vinculado”, como servicio turístico.

Modificación del Artículo 37

Objeto, fines y naturaleza del Registro de Turismo de Andalucía

Se modifica en su apartado 1, que queda redactado en los siguientes términos:

1. El Registro de Turismo de Andalucía tendrá por objeto la inscripción de:

a) Establecimientos de alojamiento turístico.

b) Empresas que organicen o comercialicen viajes combinados.

c) Guías de turismo.

d) Oficinas de turismo.

e) Empresas organizadoras de actividades de turismo activo.

f) Servicios turísticos que reglamentariamente se determinen.

En su letra b) en vez de Agencias de viajes (como recogía la Ley anteriormente) recoge el término “empresas”.

Modificación del Artículo 42

Establecimientos en régimen de propiedad horizontal o figuras afines. Queda redactado en los siguientes términos:

1. En los supuestos en los que se permita por el planeamiento urbanístico, los establecimientos de alojamiento turístico podrán constituirse en régimen de propiedad horizontal o figuras afines, estando sometidos en todo caso al cumplimiento del principio de unidad de explotación conforme a lo expresado en el artículo anterior.

2. Los establecimientos que disponen de todo o parte independiente del edificio, constituidos en este régimen deben reunir las siguientes garantías:

a) En el Registro de la Propiedad se hará constar mediante nota marginal:

1. La afección al uso turístico que recae sobre cada unidad de alojamiento.

2. La cesión del uso de forma permanente a la empresa explotadora.

b) Cada una de las personas propietarias se comprometerá a que el inmueble en su conjunto, incluyendo las zonas comunes y todas las unidades de alojamiento, sea gestionado por una única empresa explotadora, mediante la suscripción del correspondiente contrato cuya vigencia no será inferior a diez años.

En ningún caso las personas propietarias o cesionarias podrán darle un uso residencial a las unidades de alojamiento, prevaleciendo su naturaleza mercantil y turística sobre cualquier otro destino.

A efectos de esta Ley, se considerará uso residencial:

a) El reconocimiento en el contrato a que se refiere el apartado anterior de una  reserva de uso, o de un uso en condiciones ventajosas, a las personas propietarias de las unidades de alojamiento por un periodo superior a dos meses al año.

b) El uso de la unidad de alojamiento por parte de las personas propietarias por un periodo superior al señalado en la letra anterior.

4. Sin perjuicio de las obligaciones de información dispuestas en la normativa sobre defensa y protección de personas consumidoras y usuarias, las promotoras de inmuebles a las que se refiere el presente artículo deberán facilitar, a las personas adquirentes de unidades de alojamiento, con carácter previo a la venta, un documento informativo, con carácter de oferta vinculante, en el que se consignará toda la información de manera exhaustiva sobre la afectación del inmueble al uso turístico y demás condiciones establecidas en el presente artículo.

Modificación del Artículo 48

Trataba de las Viviendas Turísticas de Alojamiento Rural, que queda redactado como sigue:

«1. Son viviendas turísticas de alojamiento rural aquéllas situadas en el medio rural en las que se preste el servicio de alojamiento, y que son ofertadas al público, para su utilización temporal u ocasional, con fines turísticos, una o más veces a lo largo del año.

2. Las viviendas turísticas de alojamiento rural deberán estar amuebladas y disponer de los enseres necesarios para su inmediata utilización. Reglamentariamente se determinarán los requisitos mínimos de infraestructura que deben cumplir y los criterios de clasificación de las mismas.»

Anteriormente el párrafo 1 recogía lo siguiente:

Son viviendas turísticas de alojamiento rural aquellas situadas en el medio rural en las que se preste únicamente el servicio de alojamiento, y que son ofertadas al público, para su utilización temporal u ocasional, con fines turísticos, una o más veces a lo largo del año, sin que en ningún caso la prestación del servicio exceda, en conjunto, de tres meses al año.

Muy importante esta modificación ¿ya no existe limitación temporal en el alquiler de viviendas turísticas de alojamiento rural? ¿Se equipara a casa rural?

Modificación del Artículo 50

Trata de las Empresas de intermediación turística.

Queda redactado como sigue:

«1. Las empresas de intermediación turística que organicen o comercialicen viajes combinados y las que faciliten servicios de viaje vinculados deberán constituir una fianza en los términos establecidos reglamentariamente.

Cualquier otra actividad de intermediación turística distinta de la organización o comercialización de viajes combinados o de facilitación de servicios de viaje vinculados se considerará actividad con incidencia en el ámbito turístico”.

Anteriormente recogía la Ley: “las empresas de intermediación turística que organicen o comercialicen viajes combinados pertenecerán necesariamente al grupo de agencias de viajes, debiendo, a estos efectos, constituir una fianza en los términos establecidos reglamentariamente.

En la actual redacción, además de incluir en la actividad de intermediación a empresas que faciliten servicios de viajes vinculados en esta definición, elimina la exigencia de que deban constituirse como agencias de viajes.

2. Reglamentariamente se determinarán los requisitos exigidos a las empresas que organicen o comercialicen viajes combinados y las que faciliten servicios de viaje vinculados.»

Anteriormente sólo recogía este párrafo 2 “Reglamentariamente se determinarán los requisitos exigidos a las agencias de viajes”. Con la nueva redacción no se habla de agencias de viajes, sino de “empresa que organicen o comercialicen viajes combinados y las que faciliten servicios de viaje vinculados”.

Modificación del Artículo 58

Declaraciones de interés turístico de Andalucía. Queda redactado como sigue:

«1. La Consejería competente en materia de turismo podrá declarar de interés turístico de Andalucía aquellas fiestas, acontecimientos, lugares, itinerarios, rutas, publicaciones y obras audiovisuales que supongan una manifestación y desarrollo de los valores propios y de tradición popular y que tengan una especial importancia como atractivo turístico, conforme a lo que se establezca reglamentariamente.

2. En la declaración de interés turístico de fiestas o acontecimientos se valorarán, especialmente, entre otros requisitos, la existencia de aspectos originales y de calidad que aporten singularidad y su repercusión turística en la Comunidad Autónoma de Andalucía.»

Modificación del Artículo 70

Se modifica el artículo 70, que recoge lo que se considera “Infracciones leves”, en su apartado 6, que queda redactado como sigue:

«6. El incumplimiento de las obligaciones de información dispuestas en el artículo 26 o en la legislación sobre viajes combinados y servicios de viaje vinculados, o el suministro de la misma de forma incompleta.».

Modificación del Artículo 71

Se modifica el artículo 71, Infracciones graves, en su apartado 13, que queda redactado en los siguientes términos:

«13. El incumplimiento, por las empresas organizadoras o comercializadoras de viajes combinados, de las obligaciones, relativas a la forma, contenido, modificación o resolución de los contratos, establecidas en la legislación sobre viajes combinados, incluida la sobrecontratación.».

Se suprime la disposición adicional segunda, que contenía la declaración de los campos de golf de interés turístico.

Se incorpora una disposición transitoria sexta que recoge la “Extensión del sistema de garantías” y que se reproduce a tenor literal:

Hasta que no se produzca el desarrollo reglamentario de la presente Ley en materia de garantía de las empresas de intermediación turística, las empresas que organicen o comercialicen viajes combinados deberán constituir una garantía de responsabilidad contractual en los términos previstos en el artículo 11 del Decreto 301/2002, de 17 de diciembre, de agencias de viajes, y suscribir un seguro de responsabilidad civil en los términos previstos en su artículo 12.

Por otro lado, las empresas que faciliten servicios de viaje vinculados deberán constituir una garantía para responder en caso de insolvencia en la forma y cuantía prevista en el artículo 11 del Decreto 301/2002, de 17 de diciembre.»

Se suprime la disposición final primera.

En Córdoba, a 25 de marzo de 2020

María Serrano García (Socia Consultora)

La Consejería de Turismo prevé una disminución de los ingresos en un 25% en 2020.

 

Foto: A. Ramos. Verano 2016

Desde ADEITUR CONSULTORÍA TURÍSTICA, hemos realizado un estudio de investigación por el cual queremos saber en cuánto va a perjudicar el descenso del turismo en cada una de las provincias andaluzas por motivo de la tragedia del Coronavirus. El estudio nace a partir de las últimas declaraciones del Juan Marín Lozano,  Vicepresidente y Consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía. Esa previsión, estimada en una disminución del 25% de los ingresos directos e indirectos del turismo en el presente año 2020, se ha adaptado en función a los ingresos directos sobre el sector en cada una de la provincias andaluzas, según la composición del “gasto medio diario por turista” publicado oficialmente.

Esta composición del gasto medio diario, según la Encuesta de Coyuntura Turística de Andalucía (ECTA), elaborada por el IECA (Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía),  comprende los siguientes conceptos: Alojamiento, Compras, Alimentación, Compras No alimentación (regalos), Visitas organizadas/Excursiones, Comidas (bares, restaurantes, ), Transporte Autobús, Transporte, Taxi Transporte, Tren cercanías, Transporte Gasolina, Transporte Peaje Alquiler de coches, Ocio Actividades culturales, Ocio Diversión, Ocio Deportes y Otros.

A los ingresos directos en el año 2019, que las provincias andaluzas reciben de sus turistas según el gasto medio diario publicado por la ECTA y el número de pernoctaciones publicado por la Encuesta de Ocupación Hotelera  del I.N.E.,  le hemos sumado los ingresos de los excursionistas. Estos últimos ingresos son totalmente estimativos ya que han sido extraídos de los últimos datos publicados por SAETA (Sistema de Análisis Estadístico de Turismo de Andalucía), a través de la empresa pública de la Consejería de Turismo de la Junta de Andalucía, Turismo Andaluz. Respecto a las pernoctaciones, se han tenido en cuenta todos los tipos de alojamiento que se encuentran en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA).

Queremos puntualizar que las pernoctaciones calculadas por ADEITUR, respecto a las Viviendas con Fines Turísticos (VFT), se han calculado bajo la hipótesis que el perfil de la demanda del turista que se decide por este tipo de alojamiento, tiene el mismo comportamiento que el que se aloja en los apartamentos turísticos. Por tanto se han excluido en este estudio los turistas que han optado por las VTAR (Viviendas Turísticas de Alojamiento Rural).

En función a esta metodología e hipótesis, ADEITUR, estima resultados a los cuales le calcularemos el efecto negativo que provocará la disminución de este 25% de ingresos por motivo de la pandemia por el Coronavirus.

Pernoctaciones.

Según ADEITUR, y tras las hipótesis planteadas anteriormente, estimamos que en Andalucía han pernoctado algo más de 106 millones  de turistas, ya sean procedentes del extranjero como del mismo territorio de España, incluida Andalucía. Casi la mitad (48,33%) de estas pernoctaciones se han producido en Málaga, especialmente desde que el número de plazas en las Viviendas con Fines Turísticos se han disparado hasta superar los 22 millones, superando incluso las 20,4 millones de pernoctaciones producidas en los hoteles. Por el contrario Jaén, con 1,4 millones de pernoctaciones (1,32% de cuota sobre el total de Andalucía) y Córdoba con 2,9 millones (2,72%), ocupan los  últimos lugares a gran diferencia del resto. Sin embargo ambas provincias son las que más pernoctaciones tienen en sus alojamientos rurales en proporción al total de sus provincias. Así, Jaén con  un 6,26% de sus pernoctaciones y Córdoba con un 4,38%, superan por mucho el 1,28% de la media Andaluza.

En Andalucía, casi el 49% de las pernoctaciones se están produciendo ya en alojamientos no hoteleros.

Ingresos del turismo en Andalucía en 2019

Según las fuentes anteriores, según las pernoctaciones calculadas y según la hipótesis de que los excursionistas se comportasen como en el ejercicio 2016, podríamos disponer ya de una aproximación de los ingresos que el turismo y el excursionismo nos ha dejado en Andalucía y sus provincias, durante 2019.

Casi 8.710 millones de euros suponen los ingresos procedentes del gasto de los turistas y excursionistas en Andalucía. Proviene de la suma de gastos producidos en cada destino de forma directa, en los conceptos detallados al principio de este informe. Vuelve a ser Málaga la que con más de 3.577 millones de ingresos la provincia que supera con creces al resto con una cuota del 41% del total de los ingresos que el turismo generó en 2019 en Andalucía.  Igualmente, vuelve a ser Jaén, con casi 169 millones de euros y una cuota del 1,94%, y Córdoba, con más de 288 millones y una cuota del 3,31%, las provincias que menor cuota de estos ingresos obtienen. Se demuestra cómo Córdoba es una provincia que aún sufre la marca de “ciudad de paso” obteniendo desde hace décadas el menor índice de pernoctación de Andalucía junto a Jaén. Esto se demuestra observando que es la provincia que tiene mayor proporción de excursionistas que el resto, llegando a ser un 35% del total de pernoctaciones, muy por encima de la media de Andalucía, que tan solo supone un 18,79%.

Destino del gasto de los turistas y excursionistas.

Según las fuentes anteriores consultas, a la que sumamos los datos ofrecidos por Encuesta de Gasto Turístico (EGATUR) publicada por Turespaña, ADEITUR estima, en líneas muy generales, que el destino del gasto de un turista en el destino se mueve entre los siguientes parámetros: un 28% para el alojamiento, un 42% para la restauración, un 16% para compras y un 14% para otros conceptos.

Según esta proporción, Andalucía obtuvo ingresos por valor de 3.658 millones de euros en concepto de gastos de restauración, siendo ésta la partida más importante de cada turista o excursionista. Le siguen los  2.439 millones de euros que los turistas gastaros en concepto de alojamiento. Aplicando la hipótesis del mismo comportamiento del destino del gasto en cada una de las provincias, se puede ya tener una idea de la importancia del turismo por estos conceptos en cada provincia.

Disminución de ingresos a tenor de las previsiones de la Consejería de Turismo de la Junta de Andalucía, por la disminución de ingresos por turismo en 2020 de un 25%

Como dijimos al principio, partiendo de las recientes previsiones del Consejero de Turismo de la Junta de Andalucía, Juan Marín, podemos aventurarnos a decir que Andalucía dejará de ingresar en 2020 alrededor de 2.177 millones de euros en conceptos de gasto directo en cada destino provincial.

Así por ejemplo, mientras en Córdoba los alojamientos dejarían de ingresar más de 20 millones de euros y los restaurantes tiendas de alimentación, más de 30 millones, sumando una pérdida total de más de 72 millones de ingresos, Málaga perdería 250,4 millones de euros solo en alojamiento y 375,6 millones en restauración de un total de 894,3 millones de pérdidas.

Futuro

Desde ADEITUR y desde EMCOTUR (Asociación Empresarial de Turismo de la Provincia de Córdoba), queremos transmitir nuestra más plena confianza en que poder recuperar estas desviaciones negativas. Estamos convencidos de que saldremos de esta tragedia más unidos, más fortalecidos y seguro y lo más importante, mucho mejores personas. Mucho ánimo. Mucha fuerza.

En  Córdoba a 21 de marzo de 2020

Antonio Ramos Pemán Socio Consultor de ADEITUR Y PRESIDENTE y Presidente de EMCOTUR

PARA BUSCADORES DE EXPERIENCIAS.

Las experiencias turísticas llegaron para quedarse

¿Quieres diseñar experiencias para personas que buscan vivir una intrépida aventura? ¿Para otros que se buscan a sí mismos? ¿O para quienes quieren conocer algo escandalosamente auténtico?

¿Quieres conocer los ingredientes para diseñar experiencias turísticas inolvidables?

 Si la respuesta es afirmativa… ¡adelante, este es tu artículo!

En el contexto de una economía extraordinariamente conectada, demasiado para mi gusto, en una globalización cada vez más indisimulada, el concepto de autenticidad cobra un valor especial, sobre todo por aquello tan fundamental como la diferenciación. Este hecho, unido a la creciente sensibilización de la sociedad hacia valores de sostenibilidad ambiental, social y económica, genera un espacio de oportunidades para “los creadores de experiencias turísticas singulares”.

Cada vez más el turista busca sentir, en lugar de ver, actuar, en lugar de dejarse guiar. Cada vez más el turista quiere sentirse “viajero”, conocer el destino que se esconde “fuera de ruta”, adentrarse en esos pueblos donde la tradición palpita en sus calles.  Buscan su propia Ítaca.

ANTES DE DISEÑAR

  • Conócete a ti mismo/a. Sé consciente de tu potencial, de tus limitaciones y de la capacidad de tu empresa. ¿Hasta dónde puedes llegar? ¿qué tipo de experiencia puedes ofrecer?, ¿qué te hace disfrutar? ¿qué no te gusta? ¿dónde eres el/la mejor? ¿Cuál es tu arma secreta? ¿a quién o qué puedes necesitar?. ¡No te engañes!.
  • Conoce a tu cliente: Tu cliente no es un ente inerte. Debes interesarte por sus gustos, sus hábitos, por cómo organiza su viaje, qué busca, si viaja en familia, solo o en pareja. Para ello debes ponerte en sus zapatos, conocerlo de tal forma que incluso le pongas cara o un nombre imaginario.No olvides que diseñas para él y para ella. Es tu regalo especial.
  • ¡No estás solo/a!. Investiga a tu competencia:  Debes conocer la oferta de otras empresas que se dedican al turista. No son tus enemigos, a veces serán tus colaboradores, por eso debes conocer qué ofrecen, a quién y cómo lo hacen.
  • No imites, busca la diferencia, ese espacio que sólo tú puedes ocupar. A veces la diferencia está en el “cómo”. Puede que tu experiencia coincida en su núcleo con otra, pero tu utilizas “otras maneras”. La innovación no sólo está en el contenido, sino también en el proceso. Aquí queda espacio para poner “tu sello personal”.
  • Tu entorno es tu aliado. Conoce hasta el más mínimo detalle el entorno en que desarrollas esa singular experiencia, no sólo sus museos, sus bosques, conoce  a sus gentes, sus empresas, su artesanía, su gastronomía: en definitiva conoce su esencia. Cada vez más el turista busca experiencias que les conecten con la población, experiencias que incidan en el desarrollo del territorio que visitan.

PONTE “MANOS A LA OBRA”.

Eres el/la  director/a. Comienza a elaborar el “guion”,  episodio a episodio:
  • Busca lo auténtico y no lo maquilles. No te quedes en lo superfluo, busca “fuera de ruta”, rastrea para encontrar esos elementos irrepetibles, con los que en ocasiones convives,  y no les das el valor que pueden tener para el “viajero”. No porque tú estés acostumbrado a esa “forma de hacer” pierde ese carácter de “auténtico”. El buscador de experiencias sabrá apreciarlo.
  • Combina con maestría los elementos que forman parte de la experiencia.  Vas a crear ese “cocktail especial para la ocasión” que sólo con la correcta combinación de cada licor, agitado con energía y pasión, conseguirán ese sabor irrepetible. En la creación de experiencias para “el buscador” sólo con la adecuada integración de los servicios y recursos, que la conforman hará que consigas ese resultado único.

Como si de un puzzle se tratara debes combinar todas las piezas para conseguir esa imagen que el turista se llevará grabada. ¡Eres un creador/a de recuerdos y tienes esa gran responsabilidad!.

  • No olvides estimular todos sus sentidos. Los destinatarios de tu creación son personas, expectantes y ávidas, así que debes tener en cuenta lo que van a ver, a escuchar, a saborear, a tocar. Así conseguirás que su vivencia sea más intensa, y que les acompañe esa sensación de bienestar y satisfacción.
  • Interacciona con el entorno, buscando ese espacio auténtico. El buscador de experiencias no quiere limitarse a contemplar, necesita involucrarse, ser partícipe activo. Sumérgelos en este entorno de manera que sean capaces de generar vínculos con él, pues se recuerda y valora aquello que se conoce, que se toca, que se siente.
  • Cuida la puesta en escena, que sienta que está especialmente montada para él/ella, que está viviendo una experiencia exclusiva. Cada detalle cuenta, desde el inicio hasta la despedida. Recuerda: nunca hay una segunda oportunidad para una primera buena impresión.
  • Adereza con valores de sostenibilidad y responsabilidad social tu experiencia o producto turístico. Para ello recuerda utilizar productos Km 0, cuenta con productores locales, con artesanos de la zona, utiliza elementos respetuosos con el medio. Muestra que eres consciente de su importancia para la sostenibilidad del destino. Además, estos proveedores locales te lo agradecerán y te recomendarán. Una promoción fácil.
  • Y sobre todo… cuenta una historia. Genera un relato que seduzca y que proporcione coherencia a todos los elementos de la experiencia. Hazlos partícipes de esa historia que sólo tú puedes contar. La historia es el armazón que da soporte a la experiencia, es la que la proporciona un significado a todo el conjunto, la chispa que hace que nazca el deseo de vivirla. Además procura que esa “historia” sólo puedas contarla tú.

ES EL MOMENTO DE TESTAR TU “OBRA”.

Invita a un grupo de amigos o conocidos, de perfil similar a tu cliente, para que sean los primeros en vivir esa experiencia. Será la prueba del algodón. Debes estar atento a sus reacciones, a sus emociones. Sé crítico contigo mismo e incita a tus “voluntarios” a que también lo sean. Quitamos, añadimos, ajustamos y ….¡funciona!

PONLE PRECIO

Y llegó el momento más delicado. ¿Cuánto vale esta experiencia que has creado con tanto esfuerzo y pasión?. ¿No tiene precio verdad? .Quizás la pregunta sea ¿cuánto estaría dispuesto a pagar por ella ese cliente que quiero conseguir?. Solo un consejo, abaratar el precio no siempre es garantía de venta.

A partir de aquí comienza otra fase importantísima. Es necesario conseguir los clientes deseados. Comunicar de forma atractiva y accesible para conseguir la atención de “nuestros buscadores de experiencias”. Hay que ponérselo muy fácil. No olvidéis que compramos con el corazón y después justificamos la compra con la razón.

Aquí lo dejamos para el siguiente artículo

Artículo elaborado por: María Serrano. Socia Consultora ADEITUR Consultoría Turística.

En aplicación del artículo 285.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, en los contratos de concesión de servicios la tramitación del expediente irá precedida de la realización y aprobación de un estudio de viabilidad de los mismos, o en su caso, de un estudio de viabilidad económico-financiera, que tendrán carácter vinculante en los supuestos en que concluyan en la inviabilidad del proyecto.

Desde ADEITUR Consultoría Turística elaboramos dicho informe económico cuando se trate de servicios relacionados directa o tangencialmente con el sector turístico: bares de piscinas, bares de centro de mayores, albergues, hoteles, etc. En dicho informe, atendiendo a los resultados económicos del mismo, proponemos el canon recomendado, en su caso.

En la redacción de este documento, de carácter económico, tenemos en cuenta los aspectos más importantes que configuran la gestión y la explotación del servicio, realizando una valoración y justificación de la viabilidad económica del mismo a partir del histórico, si lo tiene, del municipio en que se ubique y de las características específicas del servicio.

Realizamos este trabajo de forma coordinada con los responsables de la contratación por parte del Ayuntamiento.

Estamos a su disposición para tratar este tema personalmente y aclarar cuantas dudas pudieran surgir al respecto.

info@adeitur.com 678640446 María Serrano

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